Dicho trámite, establecido por decreto reglamentario de la Ley de Pesca Artesanal, se realiza a fin de mantener "una adecuada planificación de la actividad" y para ello resulta necesario "actualizar el registro de embarcaciones existentes, tanto de las que están en activas como de aquellas que tienen potencial para poder reincorporarse en el corriente año".
En este sentido, desde la Subsecretaría de Pesca se recordó que cada año "se requiere renovar la información de los titulares de dichas embarcaciones, así como las características y el equipamiento que portan".
La Actividad Pesquera Artesanal Marítima comprende la extracción de recursos ícticos, moluscos, crustáceos y/o algas con fines comerciales, mediante la utilización de los medios de extracción, e incluye, además, la descarga, elaboración, conservación, industrialización, comercialización y transporte de los productos o subproductos derivados de la actividad.