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Educación Alimentaria

El Departamento de Educación Alimentaria del Ministerio de Salud de Río Negro se dedica a promover la seguridad alimentaria en toda la provincia. Centrado en implementar y supervisar el cumplimiento del Artículo 21 del Código Alimentario Argentino, gestiona convenios entre los municipios y el Ministerio para el control de alimentos a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).

Servicios

  • Implementación del Artículo 21 del Código Alimentario Argentino: Se trabaja para garantizar que se cumplan las normativas establecidas en el Código Alimentario Argentino en toda la provincia de Río Negro.
  • Gestión de Convenios Municipales: Se administran los convenios entre los municipios y el Ministerio para coordinar el control alimentario a través del sistema SIFeGA, fomentando la colaboración y la eficiencia en la gestión.
  • Alta y Baja de Usuarios Municipales en SIFeGA: Se facilita el proceso de registro y eliminación de usuarios municipales en el módulo Artículo 21 del SIFeGA, asegurando un acceso adecuado a la información necesaria.
  • Gestión de Capacitadores y Manipuladores: Coordina los trámites de registro y eliminación de capacitadores y manipuladores en el módulo Artículo 21 del SIFeGA, promoviendo la capacitación continua y la profesionalización en el ámbito alimentario.
  • Referente de Consulta: Esta área es el punto de contacto para consultas relacionadas con el uso del sistema SIFeGA, brindando orientación y apoyo técnico a nuestros usuarios.

En el Departamento de Educación Alimentaria, trabaja en colaboración con municipios, instituciones educativas y la comunidad en general para asegurar que todos los ciudadanos tengan acceso a alimentos seguros y nutritivos. Nuestro compromiso es garantizar la promoción de prácticas alimentarias saludables en toda la provincia de Río Negro.

Trámites

  • Obtención del Carnet de Manipulador de Alimentos. - Toda persona que desempeñe tareas como manipulador de alimentos, podrá acudir a cualquiera de los municipios o comunas que hayan adherido al acuerdo mencionado en el Artículo 2° de la Resolución 7507/20 “MS”
El trámite se deberá realizar bajo el siguiente procedimiento:
  • Entregar copia del comprobante de realización del curso de manipulación segura de alimentos, firmado por un capacitador habilitados
  • Entregar copia del comprobante de aprobación del curso de manipulación segura de alimentos, firmado por un capacitador habilitados. El comprobante tiene una validez de 6 meses desde la fecha en que se aprobó el examen, para ser presentado.
  • Acreditar identidad del manipulador mediante D.N.I.
  • Pago del arancel que corresponda
  • La autoridad de registro solicitará foto tipo carnet digitalizada o la generará durante el trámite
  • Una vez evaluados los requisitos documentales, la Autoridad de registro ingresa la información al SIFeGA y emite el Carnet de Manipulador de Alimentos.
Registro de capacitadores habilitados

Toda persona que cumpla con el perfil de capacitador definido en en el Anexo III de la Resolución 7507/20 “MS”, podrá gestionar su registro en  cualquiera de las Unidades Regionales de Epidemiología y Salud Ambiental -URESA- de la provincia

Para la realización del trámite, el interesado deberá cumplimentar la entrega de :

  • Curriculum Vitae
  • Copia del D.N.I.
  • Copia del título nivel terciario o universitario, en caso de los capacitadores profesionales
  • Programa / Plan de estudio que acredite formación en manipulación segura de alimentos, en caso de los capacitadores profesionales
    Propuesta pedagógica para el dictado de los cursos incluyendo los contenidos dados, objetivos, bibliografía, actividades a desarrollar, descripción de la modalidad de examen y sus contenidos
  • Comprobante de pago del arancel correspondiente

Marco Normativo

Resolución 0887/19 “MS” - Adopción del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de Alimentos - SIFeGA-

Resolución 7507/20 “MS - Implementación del Registro Nacional de Manipulación de alimentos y el Registro Nacional de Capacitadores

Disposición 15/2021 “CPSA” - Establecer los contenidos mínimos y complementarios de acuerdo a la Resolución Nº7507/20

Disposición 27/2021 “CPSA” - Incorporación a los contenidos complementarios obligatorios la gestión de alérgenos

Enlaces

Contacto

Jefa Dpto. Educación Alimentaria
José María García Lago
Lic. en Tecnología Industrial de los Alimentos
Tel 02920.430007
alimentosrionegro@gmail.com.ar

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