La ISH en Río Negro se encuentra regulada por la Ley Provincial N° 4947 que establece que el Ministerio de Salud es la autoridad de aplicación, debiendo emitir los actos administrativos que correspondieran a los fines de autorizar, suspender, sancionar o dar por finalizada una investigación en salud humana. En ese sentido, oportunamente se dictó la Resolución Nº 5679/16 del Ministerio de Salud, determinando el Reglamento de la Comisión Provincial y los Requisitos para presentar y solicitar la autorización de una investigación en salud humana, en cualquier lugar del territorio provincial.
El día 22 de marzo de 2021, se dictó la Resolución N° 1988/21 la que – en el marco de la Pandemia por COVID-19, pero fundamentalmente por la necesidad de promover la despapelización y organizar la administración de documentos y declaraciones en formato electrónico, ha establecido nuevos requisitos para presentaciones completamente en formato electrónico a las siguientes direcciones de correo electrónico:
investigacionrionegro@gmail.com
Pre-requisito: En el marco de la Ley Provincial Nº 3338 – Art. 3º, 6º y 11º - las personas que pretendan realizar investigaciones relacionadas con la salud humana deben tener la matrícula provincial vigente; la exigencia se repite en el caso de que se anunciara como especialista, según lo establecido en la Ley Provincial Nº 2447 de Especialidades Médicas.
1- Búsqueda de información y requisitos
-Información personalizada en el Área de admisión y enlace de la CEEPISH (Comisión Provincial de Evaluación de Proyectos de Investigación en Salud Humana) dependiente del Ministerio de Salud de Río Negro TE 02920 –420310 INT. 113, o en los correos detallados.
2.- Presentación de documentación: según lo establecido en el Anexo I de la Resolución N° 1988/21.
3- Formularios para completar e imprimir: se ofrece los siguientes formularios en formato Word para que pueda completarse e imprimir, una vez impreso debe firmarse y escanearse para adjuntar junto con toda la documentación que se enviará en formato electrónico (NO FOTO).
4 - Una vez recibido el/los correos electrónicos tal lo establecido, se verificará para su admisión. La Comisión examinará lo recibido en un plazo de hasta 20 días hábiles a partir de la fecha de recepción, dentro de este período se le informará al Investigador Principal si corresponde o no evaluación por la CEEPISH o si debe adjuntar alguna otra información.
Una vez admitido el protocolo para su evaluación se lo incorpora al Registro Público Provincial de Investigaciones en Salud
5 - Completada la documentación requerida, se presenta el protocolo a la Comisión - que se reúne quincenalmente – donde se analiza y evalúa la investigación y se emite un dictamen recomendando su aprobación o no.
6 - Presentación de Enmiendas:
En virtud de que mediante Resolución Nº 5679/16 del Ministerio de Salud, se estableció la obligatoriedad de la presentación de enmiendas para su autorización cuyos requisitos de presentación electrónica están en la Resolución N° 1988/21.