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Solicitud de Reconocimiento de especialidades NO médicas (COPENM)

El COPENM reconoce y regula posgrados no médicos en salud, garantizando su calidad y cumplimiento normativo.

Crédito: Banco de Imagen

La Coordinación Provincial de Desarrollo de Recursos Humanos se encarga de la gestión operativa del Comité de Reconocimiento de Especialidades No Médicas (COPENM), enmarcado en la Ley Nº 4330 del ejercicio de los posgraduados en Salud.

Esta norma reconoce los siguientes tipos de carreras de posgrado en salud:

La Coordinación recepciona las solicitudes y da intervención al COPENM para su analisis y posterior definición, interviniendo otras áreas. 

El Comité evalua los antecedentes de los profesionales de disciplinas no médicas que cuenten con formación de posgrado en áreas de la salud, para el reconocimiento formal de su especialidad.

El trámite de solicitud

  1. Se inicia con la presentación de la documentación correspondiente, la cual es recepcionada por la Coordinación Provincial de Desarrollo de Recursos Humanos.
  2. La Coordinación da intervención al COPENM para su análisis y posterior resolución. En el proceso también pueden intervenir otras áreas competentes.
  3. Una vez evaluada la solicitud, el Comité emite un Acta de Evaluación que determina el acto administrativo correspondiente.

Requisitos para iniciar el trámite de especialidad no médica

  • Nota de solicitud de reconocimiento de la especialidad, con aval del director en caso de ser agente de salud. La nota debe incluir domicilio, código postal, teléfono y correo electrónico.
  • Fotocopia de DNI (1.ª y 2.ª hoja), autenticada por autoridad competente (funcionario superior, juez de paz o policía).
  • Fotocopia del título de grado y analítico, autenticada.
  • Fotocopia del título de posgrado y su analítico, autenticada.
  • Resolución de CONEAU que acredite el plan de estudios, en caso de especialidades universitarias: 
  • Resolución ministerial de finalización y aprobación, en caso de residencias.
    Si fue evaluada por el SIER, incluir resolución de reconocimiento nacional y/o de acreditación por comunidad científica.

IMPORTANTE: No se analizarán solicitudes cuya documentación no esté debidamente autenticada por autoridad competente (funcionario superior, juez de paz o policía).

Presentación de la documentación

Toda la documentación debe ser enviada en sobre cerrado dirigido a:

Coordinación Provincial de Desarrollo de Recursos Humanos

Laprida 240 – 4.º piso
Viedma (CP 8500)
(02920) 423073
saludrionegroresidencias@gmail.com

Información Adicional

Ley Provincial G Nº4330. Ejercicio de los Posgraduados en Salud. Regulación. Comité Provincial de Postgrado en Salud. Comité Provincial de Especialidades Médicas.

Decreto Nº 444/2015. Aprueba la Reglamentación parcial de la Ley Provincial G Nº 4330 ref. a la regulación del ejercicio de los posgraduados en salud en la provincia de Río Negro.

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